Con fecha 26 de septiembre de 2025, la Junta de Jueces de Primera Instancia de Madrid ha adoptado un acuerdo para unificar criterios en relación con la exigencia de la actividad negociadora previa como requisito de procedibilidad (MASC).
Aunque no son vinculantes, estos criterios orientadores buscan homogeneizar la práctica en el Partido Judicial de Madrid (Primera Instancia e Hipotecarios), al amparo de los arts. 264.4 LOPJ y 62.1 del Reglamento 1/2000.
1) ¿Cuándo es obligatorio el MASC… y cuándo no?
Sí exige MASC (ejemplos):
- Todos los procedimientos no excluidos expresamente por la ley.
- Monitorio y monitorio LPH.
- Demandas posteriores a medidas cautelares (se computa la suspensión legal por inicio de negociación).
- Obligaciones solidarias: debe intentarse frente a todos los codemandados.
No exige MASC (principales supuestos):
- Deuda periódica/tracto sucesivo: un MASC iniciado tras un vencimiento cubre los siguientes hasta 1 año.
- Reconvención, ampliación por litisconsorcio/intervención/sucesión, compensación (accesoriedad/imposibilidad de cumplir plazos).
- Tráfico: la reclamación previa del art. 7 LRCSCVM vale como MASC.
- Verbal u ordinario derivados de oposición a monitorio.
2) Admisión: mención y prueba del MASC en la demanda
- Si NO mencionas el MASC (arts. 399.3 y 264.4 LEC): inadmisión insubsanable (art. 403.2 LEC).
- Si mencionas pero NO aportas documentos: se te dará 5 días para subsanar, con documentos anteriores a la demanda y respetando los plazos de espera (1 o 3 meses). Si no cumples, inadmisión.
Medios idóneos para acreditar el MASC (selección): burofax/buromail/BuroSMS, correo certificado con AR, email/SMS/WhatsApp con tercero de confianza (y uso habitual entre partes), acta notarial, documento de tercero neutral (art. 10.3 LO 1/2025), conciliación (Notario/Registrador/LAJ/Juez de Paz <10.000€), negociación directa o entre abogados, oferta vinculante. No valen envíos masivos o comunicaciones unilaterales no contestadas.
Contenido mínimo del MASC:
- Identidad de objeto entre lo negociado y lo demandado; buena fe.
- Identificación de partes y, si actúa tercero/abogado, representación.
- En cesión, el cesionario debe negociar por sí mismo.
- Debe constar fecha de recepción; rehusado/no retirado = recibido; domicilio incorrecto/desconocido ≠ recibido.
- La confidencialidad cubre el contenido, no el objeto (que debe poder identificarse).
3) Especialidades relevantes
Desahucios:
- Falta de pago y precario: no excluidos; en precario, al menos declaración responsable de haber intentado negociar en el inmueble.
- Enervación: por mayoría, basta el requerimiento del art. 22.4 LEC como requisito de procedibilidad.
- Expiración de plazo sin cantidades: sí MASC (puede negociarse el plazo de desalojo).
- EMVS/entes públicos: excluidos (art. 3.2 LO 1/2025).
- Avalista/fiador/coarrendatario: MASC con cada uno.
Consumidores: remitirse al requerimiento de la DA 7ª LOEP; los arts. 439 bis y 439.5 LEC se limitan a CGC en préstamos hipotecarios.
Hipotecarios:
- Impugnación de calificaciones negativas (art. 328 LH): excluida (sector público demandado).
- Art. 41 LH (tutela sumaria): excluida (art. 5.2.e LO 1/2025).
- Ejecuciones hipotecarias y deuda remanente 579 LEC: excluidas (art. 5.3 LO 1/2025).
4) Lo que debes hacer ya
- Planifica el MASC como pieza de admisión: define objeto y partes (especial atención a solidarios).
- Acredita recepción del intento (no solo envío). Usa canales idóneos y, si trabajas digital, añade sello de tiempo.
- Alinea el objeto del MASC con la demanda (evita inadmisiones por “cambio de asunto”).
- Adjunta con la demanda la prueba del MASC (si falta, subsana en 5 días con documentos anteriores).
¿Cómo te ayuda el Instituto Nexum?
- Certificación de la fase negociadora (tercero neutral, art. 10.3 LO 1/2025) y cadenas de custodia listas para adjuntar con tu demanda.
- Mesa de negociación entre letrados documentada (objeto, ofertas, anexos, recepción), conforme a los medios idóneos mencionados por Madrid.
- Paquetes probatorios (burofax/actas/certificaciones) y plantillas específicas para desahucios, tráfico, consumo e hipotecario, ajustadas a estos criterios.
- Y, por supuesto, nuestro servicios profesionales de mediación, conciliación privada, negociación asistida, oferta vinculante confidencial y opinión neutral de experto.
No olvides que sin MASC adecuadamente documentado no hay pleito. Convertir esa fase previa en ventaja procesal depende de cómo la prepares. Nexum te acompaña para acreditar, custodiar y alinear esa negociación con tu demanda.

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